El Gobierno modificó la regulación del mercado aerocomercial y anunció el servicio de conciliación para pasajero

A través de una resolución en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo anunció un nuevo servicio en favor de los usuarios. Además se modificaron los derechos de información, deberes y obligaciones.

Politica10/09/2024ClaudiaClaudia
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El gobierno de Javier Milei modificó la regulación del mercado aerocomercial a través de una resolución en el Boletín oficial y creó el Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo, para dirimir conflictos entre usuarios y aerolíneas. Además, modificó los derechos de información, deberes y obligaciones.

Mediante el decreto 809/2024, se creó el Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo "en la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, por el que se dirimirán mediante un procedimiento ágil los reclamos iniciados por los Pasajeros de Transporte Aéreo, con los alcances, las modalidades, la metodología y las formas que determine y reglamente la referida Secretaría de Transporte".

El Poder Ejecutivo lanzó, en la misma línea, el Registro Nacional de Conciliadores. "Para inscribirse en dicho Registro, los conciliadores deberán estar inscriptos en el Registro de Mediadores establecido por la Ley Nº 26.589, dependiente del Ministerio de Justicia. La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía determinará y regulará los alcances, metodología y forma de actuación de los conciliadores del Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo", indica la normativa.

En qué consiste el Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo

El Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo consistirá de un procedimiento electrónico/digital, voluntario y "regido por los principios de celeridad, inmediación, informalidad, gratuidad, trato digno y virtualidad. No se requerirá patrocinio letrado a las partes intervinientes, sin perjuicio de que tendrán el derecho de concurrir con este".
La nueva disposición establece una serie de definiciones en lo relacionado con circunstancias de la actividad de transporte aéreo de pasajeros como el cargo, cancelación, billete de pasaje, conexión, contrato de intermediario de viaje, denegación de embarque, equipaje, entre otras problemáticas.

Se incluye, además, el concepto del "pasajero asistente": "La persona humana que debe viajar con un pasajero con problemas de salud o con discapacidad, en los casos establecidos por este Reglamento, con el objeto de poder asistirlo adecuadamente durante toda la vigencia del contrato de transporte aéreo".

Conflicto de aeronáuticos: el Gobierno dictará la esencialidad del servicio comercial

Tras el paro de aeronáuticos llevado a cabo el viernes, el Ministerio de Capital Humano informó que se definió reglamentar la esencialidad de la actividad aeronáutica, civil, aerocomercial pública y privada en todo el territorio nacional. De esta manera, el decreto reglamentario establecerá medidas para garantizar un nivel mínimo de servicios ante conflictos laborales que puedan interrumpir total o parcialmente las actividades.

La medida de fuerza del viernes, llevada a cabo por los gremios de APLA y APA, complicó directamente a 150 vuelos y a más de 15.000 pasajeros. Además, el Gobierno denunció que el paro aeronáutico provocó que no se garantizaran servicios mínimos que deberían preverse en el marco de lo prevista en el Artículo 2 de la Ley 17.285.

Luego de la medida de fuerza llevada a cabo por los trabajadores aeronáuticos en reclamo de una recomposición salarial que se "ajuste a los indicadores inflacionarios", el Gobierno definió reglamentar la esencialidad de la actividad aeronáutica, civil, aerocomercial pública y privada en todo el territorio nacional. Desde la administración libertaria explicaron que la decisión se tomó dada la importancia estratégica de este sector para la conectividad, el comercio y el transporte de pasajeros.

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