Anmat prohibió la venta de una marca de miel: ¿Cuál no hay que comprar?

La decisión del organismo advirtió que se ordenó retirar del mercado el producto, y alertó sobre los riesgos

Información General05/09/2025ClaudiaClaudia

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una miel orgánica.

La decisión se tomó debido a razones que se detallan en el considerando de la Disposición 6228/2025, la cual fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Se trata de una marca certificada como «Los Meleros», originaria de El Sauzalito, Chaco. La medida afecta a todos los lotes y presentaciones del producto, independientemente de su fecha de vencimiento.

Falta de identificación y trazabilidad de la miel
La disposición de ANMAT argumenta que «por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina».

Además, el organismo determinó que la miel “Los Meleros” incumplía los requisitos de calidad mínimos exigidos por la normativa vigente, al no poder garantizar condiciones seguras de producción ni su inocuidad alimentaria.

Procedimiento de investigación y hallazgos
La intervención de la ANMAT se originó a partir de una consulta presentada por la Cámara Argentina de Fraccionadores de Miel (Cafram) ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Durante las verificaciones realizadas a través del sistema SiFeGA y con el apoyo de la Dirección de Bromatología de Chaco, se determinó que el producto no contaba con Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni con Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA).

Más tarde, el INAL revisó el Registro Nacional de Productos Apícolas (Renapa) y comprobó que el número consignado en la etiqueta era inexistente. Con esta evidencia, se emitió el Incidente Federal N° 4740 y se concluyó que la miel incumplía la Ley N° 18.284, el Decreto N° 2126/71 y el Código Alimentario Argentino.

Las autoridades sanitarias provinciales y la Dirección de Prevención, Vigilancia y Coordinación Jurisdiccional también fueron notificadas. Se recomienda a los consumidores que eviten adquirir este producto y a los establecimientos que lo comercializan que retiren del mercado cualquier stock disponible.

ANMAT prohibió una serie de cosméticos y productos de limpieza
El organismo prohibió el uso, distribución y comercialización de diversos productos de belleza, cosmética y limpieza por infracciones vinculadas a la falta de inscripción sanitaria y ausencia de registro oficial, según se detalló en el Boletín Oficial.

En las disposiciones 5344, 5656, 5661 y 5662 publicadas este miércoles, las marcas Biovand Group, Evolución Cosmetics Hair, Carbon Coco y La Bonne Vie, son algunas de las que ofrecían sus productos en puntos de venta físicos y plataformas digitales sin cumplir con las exigencias normativas.

En todos los casos se prohibió su uso y distribución en todo el país y se ordenó iniciar sumarios sanitarios para determinar responsabilidades. Los mismos no contaban con la habilitación vigente ni con la inscripción en los registros provinciales, pese a estar disponibles en distintos canales de comercialización.

Las irregularidades, en el caso de la marca Biovand Group, se conocieron por una denuncia de la Cámara de la Industria Traumatológica, que advirtió sobre cotizaciones sospechosas de productos médicos a precios inferiores a los del mercado. Es por ese motivo que inspectores del Departamento de Control de Mercado visitaron el domicilio de la firma en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y verificaron la falta de documentación respaldatoria de las operaciones.

Respecto a lo ocurrido con Evolución Cosmetics Hair, se trataba de una marca bajo la cual se vendían más de 40 productos capilares sin autorización sanitaria. Entre ellos se incluyen tratamientos alisantes, keratinas, botox capilar, aceites y mascarillas, cuyos nombres figuraban en el rotulado sin registro en la base de datos oficial.

A su vez, desde la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud también se dispuso la prohibición de varios productos de la marca Carbon Coco, que se ofrecían como blanqueadores dentales, enjuagues y cosméticos.

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