Monotributistas plantean la ilegalidad del aumento en las cuotas

La asociación que los nuclea presentará un recurso ante el Tribunal Fiscal de la Nación, ya que aseguran que no se respetó la ley al fijar la suba anual.

Economia 06/01/2023 Giani Giani
afip

Como sucede cada enero, los montos de las cuotas que debe abonar cada monotributista, según la categoría a la que pertenece, fueron actualizados. Sin embargo, desde Monotributistas Asociados República Argentina plantean que el incremento es muy superior al que resulta de la aplicación de la ley: del 72,48%, cuando debería haber sido del 33,58%.

La titular de MARA, Noelia Villafañe, resaltó que el artículo 52 de la ley de monotributo (o Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, 24.977) establece que, en enero de cada año, se actualizarán los topes de facturación para cada categoría como también las cuotas que corresponde pagar según en cuál esté encuadrado el contribuyente (de la A a la K). Y fija que se tomará como referencia las dos últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales.

“Los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente (…) se actualizarán anualmente en enero en la proporción de las dos (2) últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales”, establece de modo textual el texto de la normativa.

La contadora detalló que las dos últimas actualizaciones previsionales en 2022 -de jubilaciones y otras prestaciones de Anses, que se realizan trimestralmente- dan como resultado un porcentaje del 33,58%. Y resaltó que, de hecho, este es el valor que se tomó para ajustar los topes para cada categoría. Esto es, el límite de facturación anual para pasar de una a otra.


Sin embargo, en el caso de la cuota, el aumento ha sido muy superior y Villafañe indicó que AFIP no puede modificar la base de cálculo, porque está establecida por ley -sólo podría ser modificada por el Congreso nacional- y tampoco ha habido un decreto de necesidad y urgencia que fijara un cambio en el ajuste de las cuotas.

tablaofi

La titular de MARA explicó que sí hubo una modificación, establecida por la ley 26676 (de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos), que dio al Ejecutivo la facultad de actualizar los parámetros, pero exclusivamente con respecto a los topes. Esto, porque los monotributistas plantearon que, en un contexto de alta inflación, las tablas de enero quedan desfasadas en junio, por lo que solicitaron que se incrementaran los límites de facturación.

La ley 27.676 establece que, desde julio de 2022: “Con efecto exclusivo para el caso de los parámetros de ingresos brutos, facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adelantar la actualización de manera semestral a julio, utilizando el índice de movilidad indicado en el primer párrafo”. Es decir, no menciona las cuotas.

Villafañe planteó que el aumento fijado por AFIP es ilegal y va en contra de la certidumbre tributaria, que es uno de los principios y garantías constitucionales que tienen los contribuyentes. En este sentido, mencionó que ha contactado a diversos funcionarios, e incluso le hizo llegar una carta al presidente Alberto Fernández, para detallar los motivos por los que cuestionan este incremento; sin respuesta hasta ahora.

De ahí que van a presentar un recurso ante el Tribunal Fiscal de la Nación y están evaluando realizar una denuncia ante la Auditoría General de la Nación. También están analizando organizar una movilización nacional o un banderazo que vaya recorriendo todas las provincias en la última semana de enero. Pero, de todos modos, indicó que la primera cuota mensual de 2023 vence el 20, por lo que muchos monotributistas se verán obligados a pagar el nuevo monto.

En el caso de la categoría A pasó de los $3.334,24 mensuales en 2022 a $5.750,75 este año (+72,48%); para los B, la cuota se fue de $3.728,29 a $6.430,38 (+72,48%); y para los C, de $4.262,11 (locación) o $4.190,06 (venta) a $7.351,10 y $7.226,83 (+72,48% en ambos casos).

monotributo

Sin embargo, a partir de la categoría D, los porcentajes de actualización comienzan a elevarse y van del 83,95% al 104,01%. Y esto responde a que, dentro del presupuesto, se incluyó un artículo por el que el componente de la obra social, dentro del pago del monotributo, va subiendo en cada escalón.

Villafañe comentó que pidieron que este pago fuera voluntario ya que, de hecho, la mayoría de los monotributistas no están afiliados a una obra social sindical, porque no los aceptan. Pero perdieron por seis votos. Sobre esto, consideró que es injusto, pero no ilegal, a diferencia del aumento del 72,48% en las cuotas, en lugar de 33,58%.

Asimismo, recordó que ya en 2021, cuando no se realizó la actualización de las tablas en enero, sino en junio, se pretendió hacer un ajuste retroactivo de lo que habían pagado durante el primer semestre, pero el Ejecutivo nacional debió dar marcha atrás con la medida.

Los Andes se comunicó con el área de Prensa de AFIP y manifestaron que iban a analizar el pedido de información.

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