Billeteras virtuales: cuál es el monto que investigará ARCA sobre las transferencias en mayo de 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) obliga a bancos y billeteras digitales a reportar operaciones que superen ciertos montos, con el fin de transparentar las transacciones financieras y prevenir el lavado de dinero.

Información General12/05/2025ClaudiaClaudia

El Gobierno Nacional creó en octubre de 2024 la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que asumió todas las funciones de la AFIP con el objetivo de optimizar la gestión tributaria y aduanera. 

Desde enero de 2025, ARCA implementa nuevas normas para el reporte obligatorio de operaciones financieras digitales, especialmente en billeteras virtuales, con montos mínimos actualizados semestralmente para fortalecer la transparencia y prevenir el lavado de dinero.

En octubre de 2024, mediante el Decreto 953/2024, el Gobierno Nacional oficializó la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como un ente autárquico bajo la órbita del Ministerio de Economía. ARCA heredó todas las responsabilidades de la AFIP, incluyendo la recaudación de impuestos, el control del comercio exterior y el aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones tributarias en materia impositiva, aduanera y previsional.

La creación de ARCA responde a la necesidad de una estructura más eficiente y especializada, que supere las limitaciones y sobredimensión que presentaba la AFIP, facilitando una gestión más ágil y una mejor fiscalización de los recursos públicos. La titular designada para conducir la nueva agencia es Florencia Lucila Misrahi, quien encabezará un equipo directivo que continuará con las funciones esenciales del organismo disuelto.

Nuevas regulaciones para billeteras virtuales y transacciones digitales

Uno de los primeros pasos de ARCA como ente fiscal ha sido la implementación de un régimen actualizado para el control de las transacciones financieras digitales, con especial foco en las billeteras virtuales. 

Estas herramientas, que se han popularizado como medios de pago y también como instrumentos de inversión accesibles, ahora están sujetas a nuevas obligaciones de reporte para garantizar la transparencia de los flujos de dinero y prevenir actividades ilícitas.

Desde el 1 de enero de 2025, bancos y proveedores de billeteras virtuales deben reportar a ARCA las operaciones de sus clientes que superen ciertos montos mínimos, los cuales se ajustarán automáticamente cada seis meses según la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Estos montos son los siguientes:

$600.000

  • Total de consumos con tarjetas de débito
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales

$1.000.000

  • Acreditaciones bancarias registradas en un mes.
  • Depósitos a plazo fijo constituidos en un mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o el exterior.
  • Saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al último día hábil del mes.

$2.000.000

  • Exclusivo para billeteras virtuales en transferencias bancarias o virtuales que superan este monto.

Estas obligaciones de reporte incluyen la comunicación de altas, bajas y modificaciones de cuentas, así como detalles de las transacciones: montos, tipo de operación, cuentas de origen y destino, entre otros datos relevantes.

CÓMO JUSTIFICAR
Aunque estas medidas no afectan directamente a los consumidores ni limitan sus operaciones, ARCA podrá iniciar investigaciones y fiscalizaciones en caso de detectar inconsistencias o irregularidades en los movimientos reportados. 

Para justificar el origen de los fondos, el organismo podrá solicitar a los contribuyentes documentación que acredite la legitimidad de los ingresos o movimientos financieros. Entre los documentos que pueden ser requeridos se incluyen recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, facturas emitidas, constancias de monotributo, tickets de compra y venta, y justificativos de ventas de acciones o empresas
 

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