Desde cuándo deja de pagar patente un vehículo en Santa Fe

Los vehículos que alcanzan una antigüedad específica se benefician de la exención total del Impuesto Patente Única sobre Vehículos.

Información General13/09/2024ClaudiaClaudia
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Según figura en la página del Gobierno de la Santa Fe, los vehículos con cierta antigüedad están exentos del pago de la patente. Esta medida beneficia a algunos propietarios de vehículos y simplifica la tributación para vehículos que superaron cierto paso del tiempo.

¿Qué vehículos dejan de pagar patente?

Los vehículos que alcanzan una antigüedad específica se benefician de la exención total del Impuesto Patente Única sobre Vehículos. Aquí te detallamos qué tipos de vehículos están incluidos y las edades mínimas requeridas para obtener esta exención:

Vehículos en general: Automóviles, familiares, rurales, ambulancias y similares, ya sean nacionales o importados, quedan exentos del impuesto cuando superan los 20 años de antigüedad.

Vehículos de Transporte de Carga y Usos Específicos: Camionetas, pick-ups, jeeps, furgones y similares, tanto nacionales como importados, obtienen la exención al cumplir 25 años de antigüedad.
Vehículos de Transporte de Pasajeros: Colectivos, ómnibus, micro ómnibus y similares, ya sean nacionales o importados, quedan exentos al alcanzar los 25 años de antigüedad.

Motocicletas y Motovehículos:

Motocicletas, motonetas, triciclos y cuatriciclos con motor de hasta 150 CC están exentos si tienen más de 15 años de antigüedad.
Los motovehículos mayores de 150 CC se benefician de la exención a partir de los 20 años de antigüedad.

¿Qué vehículos tributan cuotas únicas?

Los vehículos con una antigüedad superior a 15 años tributan un importe equivalente a una cuota única. Este importe se fija anualmente y corresponde a la cantidad de módulos tributarios establecidos por la Ley Impositiva Anual.

¿Cómo se calcula el impuesto de patente?

El cálculo del impuesto de patente se basa en varios factores:

Valuación del vehículo: El valor asignado al vehículo por la autoridad competente.
Alícuota: porcentaje aplicable según el tipo de vehículo.
Antigüedad: Los años que tiene el vehículo.
Impuesto Mínimo Anual: Los vehículos con una antigüedad de hasta 15 años tienen un monto mínimo anual que no puede ser menor al impuesto mínimo establecido.
Para los vehículos con más de 15 años, el impuesto se calcula multiplicando la cantidad de módulos tributarios determinados por el tipo de vehículo por el valor del módulo tributario. Esta cifra se ajusta según las exenciones previstas en el artículo 327 inciso h) del Código Fiscal.


 
 

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