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Una afiliada demandó a Swiss Medical. Ganó el pleito, pero no se consideró el "daño punitivo" que reclamaba la demandante y, por lo tanto, no multó en consecuencia a la firma.
Información General20/04/2024Un fallo de la Justicia Federal de Rosario rechazó la pretensión de una afiliada de la empresa de medicina prepaga Swiss Medical de que se reconociera que ésta había aplicado aumentos ilegítimos que le produjeron, como adherente, daños y perjuicios. La demanda denuncia aumentos arbitrarios desde 2018 a través de una maniobra fraudulenta y es previa a la liberación de tarifas que promovió la gestión del presidente Javier Milei. La afiliada dio cuenta de una maniobra fraudulenta de la prepaga. La jueza federal Nº 2 Sylvia Aramberri le dio la razón a la demandante, pero no reconoció en su resolución un accionar doloso de la empresa de salud.
El fallo de la jueza Federal Nº2 Sylvia Aramberri, pese a que juzga subas anteriores al DNU 70/23, se da en un contexto actual en el que el gobierno nacional ordenó esta semana retrotraer el precio de la cuotas de las empresas de medicina prepaga por abuso de posición dominante o cartelización.
Mucho antes se produjo este caso en particular. Que surgió cuando —conforme al fallo y al patrocinante de la demandante— Swiss Medical "aumentó en el valor de su cuota en aproximadamente el 100%, de manera arbitraria e ilegítima", al asegurar que ese incremento no se ajustaba al valor del plan original contratado y los valores autorizados por la autoridad de aplicación.
"Los aumentos surgieron en el año 2018 cuando Swiss Medical, a raíz de una maniobra fraudulenta, encubrió los mismos bajo un concepto denominado descuento especial", precisó en declaraciones a La Capital el abogado de C.O, Rodrigo Miralles. En ese sentido explicó que la firma de medicina prepaga le cobraba a los clientes un arancel que correspondía a "más del doble pero que era encubierto con un descuento. El valor de la cuota aumento el doble pero con el descuento seguían abonando lo mismo hasta que, luego de unos meses, comenzaron a reducir dicho descuento progresivamente".
En este sentido, Miralles expuso que el problema surgió en 2020 y en plena pandemia de Covid, cuando la empresa redujo ese descuento especial y ahí la cuota a abonar comenzó a superar el valor autorizado por la Superintendencia de Servicios de Salud. Si bien la Superintendencia le ordenó a Swiss Medical reajustar el valor de la cuota, la misma no acató esa resolución. Entonces el paso siguiente fue imponer una acción de amparo en 2021. "El perito que intervino en el amparo determinó cuánto tenían que pagar de acuerdo a la Superintendencia, y una vez obtenida la sentencia por el amparo, en 2022 iniciamos juicio de daños y perjuicios a fin de obtener la indemnización correspondiente", agregó Miralles.
En el fallo de daños y perjuicios, la magistrada sostuvo: "La pretensión de la accionante consiste en que se condene a Swiss Medical por los daños y perjuicios derivados de los aumentos efectuados sobre las cuotas que abonó la demandante en razón de la edad, los cuales afirma son ilegítimos y no autorizados por la autoridad de aplicación. Por su parte, la demanda argumenta que los aumentos son legítimos, se ajustan al contrato celebrado entre las partes y que no existe conducta antijuridica de su parte".
Miralles manifestó: "La sentencia del Juzgado Federal Nº 2 parte de un presupuesto de responsabilidad con un concepto, a nuestro criterio, completamente erróneo. El juzgado consideró que el accionar de Swiss Medical fue culposo, cuando no existe la más mínima duda de que la prepaga actuó con dolo. Fue acreditado en el expediente que los aumentos ilegítimos fueron aplicados de manera deliberada y hasta incumpliendo una resolución administrativa de la Superintendencia de Servicios de Salud. No hay que olvidar que la afiliada era una jubilada y estos aumentos se dieron durante la Pandemia del año 2020; por lo que el abuso de parte de Swiss Medical se encuentra agravado".
Por otra parte, el abogado de la afiliada, expuso: "Lo verdaderamente grave de esta resolución es el mensaje que trae aparejado ya que rechaza el daño punitivo (sanción) que esta expresamente previsto en la ley de defensa de consumidor para estos casos puntuales. Se acreditaron todos los requisitos necesarios para aplicar esta multa y el juzgado lo rechaza sin ningún tipo de argumento. Frente a estas sentencias, las prepagas se ven alentadas a continuar aplicando aumentos ilegítimos ya que, si los afiliados reclaman judicialmente, los jueces no les imponen las sanciones que corresponden".
Finalmente, se preguntó: "¿Qué mensaje están dando los jueces hoy en día frente a estos abusos? Fijar un daño moral irrisorio, rechazar las sanciones que deben ser aplicadas e imponer costas a los demandantes. Por eso apelamos la sentencia y dicho recurso se encuentra tramitando en la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario".
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