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Fue informado por la Secretaría de Transporte. Las empresas podrán fijar rutas y horarios libremente, con el objetivo de modernizar y agilizar el sector.
Información General06/10/2024Este domingo, la Secretaría de Transporte de la Nación comunicó un nuevo avance dentro del plan de desburocratización, al anunciar la desregulación del transporte de pasajeros en micros de media y larga distancia. La medida será oficializada este lunes con su publicación en el Boletín Oficial, y plantea un cambio de paradigma para el sector, permitiendo la libre definición de rutas, horarios y tarifas.
La Secretaría justificó esta acción como parte de la "liberalización, modernización y desregulación del transporte automotor de pasajeros", destacando que el cambio responde a la necesidad de adaptar el sistema de transporte a las nuevas demandas de movilidad. Esta normativa reemplaza una legislación que regía desde hace más de 30 años.
Entre las modificaciones más significativas, se destaca la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de Pasajeros, en el cual las nuevas operadoras deberán inscribirse. Sin embargo, las empresas que ya estaban registradas no tendrán que volver a hacerlo. El proceso de habilitación será automático a los cinco días de completada la inscripción.
El comunicado oficial subraya que solo podrán ofrecerse al público aquellos servicios registrados en el nuevo sistema. En este registro, se deberá incluir información detallada sobre la capacidad de transporte, la cantidad de asientos, seguros contratados, lista de conductores y la periodicidad de los viajes. Además, las empresas tendrán libertad para establecer sus recorridos y paradas, siempre que estas últimas cuenten con la autorización de la jurisdicción local.
El Gobierno espera que esta medida genere una mayor oferta de servicios, incrementando la competencia de precios y beneficiando tanto a los usuarios como a las empresas y transportistas.
“El Gobierno Nacional elimina trabas innecesarias, garantiza una mayor liberalización en las condiciones de prestación del servicio y agiliza los tiempos administrativos, con el fin de permitir la incorporación de nuevos actores al sector”, destacaron desde la Secretaría de Transporte. También remarcaron que los usuarios se verán beneficiados con una mayor oferta de servicios, mejorando su experiencia en el transporte terrestre.
Cambios clave en el sector
La normativa modifica varios aspectos estipulados por el decreto 958 de 1992. Entre los principales cambios se encuentran:
Clasificación de servicios: se eliminan las categorías previas de servicios públicos, tráfico libre, ejecutivos y transporte turístico.
Registro digital: el nuevo sistema será de acceso público y digitalizado.
Apertura de tramos: no se requerirán permisos especiales para realizar trayectos; cualquier empresa registrada podrá operar cualquier tramo.
Duración del permiso: la habilitación ya no tendrá un plazo de vencimiento, a diferencia de los actuales permisos de 10 años.
Compartición de vehículos: las compañías podrán compartir su parque móvil.
Por otro lado, se mantendrán requisitos clave como el examen psicofísico y las capacitaciones para los conductores, aunque la Agencia Nacional de Seguridad Vial delegará estos aspectos en las jurisdicciones locales.
Finalmente, la Secretaría subrayó que no se reducirá ningún estándar de seguridad ya vigente, asegurando que todas las medidas actuales se mantendrán inalteradas.
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