Impuesto a las ganancias: qué implican los cambios que impulsa el Gobierno y qué resta definir

El piso salarial para tributar pasaría de $2,34 millones a $1,35 millones y el esquema dejaría de actualizarse por un índice de salarios para tener reajustes por inflación; falta conocer los valores de la tabla de alícuotas y otros aspectos claves para el cálculo

Economia 23/01/2024 Claudia Claudia
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El Gobierno impulsará un proyecto de ley para que queden alcanzadas por el impuesto “a los ingresos personales” las remuneraciones superiores a $1.350.000. Es una cifra que, en términos de salario neto, equivale a $1.153.291. 
 
La medida implicará que vuelvan a estar alcanzados por Ganancias (tal como se llamó el impuesto hasta el año pasado y tal como se sigue llamando para un grupo de trabajadores), muchos asalariados que dejaron de estarlo a partir de las últimas modificaciones que, con el objetivo de captar más votos, promovió en la campaña electoral del año pasado el exministro de Economía, Sergio Massa.

Esa reforma -que votó favorablemente el presidente Javier Milei, entonces diputado- excluyó del tributo a quienes tienen una remuneración de hasta el equivalente salario mínimo vital y móvil multiplicado por 15. Así, en un primer momento y por cambios hechos por decreto, el piso salarial para tributar se elevó en octubre de $700.875 a $1.980.000, y de ese monto a $2.340.000 a partir de los ingresos percibidos este mes, desde cuando rige el esquema establecido por la ley 27.725.

 Más allá de que era necesaria una corrección del esquema del impuesto, que en los últimos años se distorsionó fuertemente y que incrementó su peso sobre los salarios (incluso cuando caía el poder adquisitivo), lo cierto es que el cambio reciente se hizo sin contrapartida alguna por la menor recaudación que su instrumentación significaría para el fisco. Al tratarse de un tributo coparticipable, las provincias vieron inmediatamente disminuidos sus recursos y, por tanto, empezaron a reclamarle más fondos al gobierno de Milei, que se negó a un pedido impulsado por el mandatario bonaerense, Axel Kicillof, quien pretendía que le sacaran a la Anses recursos provenientes del impuesto al cheque, para derivarlos a las jurisdicciones. Esos fondos son utilizados, entre otros, para pagar jubilaciones y asignaciones por hijo.

 Casi apenas asumido, el Gobierno dejó trascender que propondría “una reversión” de la reforma de Ganancias aprobada por el Congreso en septiembre pasado. Es decir, una vuelta sin más a las condiciones previas que regían para el impuesto. Eso habría significado impulsar la vigencia de un piso salarial de alrededor de $975.000 para empezar a tributar.

Las modificaciones

Sin embargo, finalmente el cambio no sería simplemente una reversión. El proyecto –que aún no se conoce en detalle– incluye otras modificaciones. Una de ellas es que las variables que definen quiénes tributan y cuánto (en función de una tabla de alícuotas) se actualizarían por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), y ya no más por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), el parámetro utilizado desde 2018.

De hecho, la mencionada cifra de $975.000 surge de reajustar, según la variación interanual del Ripte a octubre (según lo dispuesto por ley), la que estaba vigente en enero de 2023, de $404.62. El umbral propuesto por el Poder Ejecutivo, de $1.350.000, es un 234% más alto. La inflación acumulada de 2023 fue, en tanto, de 211,4%.

Según se dijo desde el Poder Ejecutivo, las bases del impuesto tendrán actualizaciones trimestrales. No se conoce, sin embargo, cómo será la tabla de alícuotas, es decir, con qué nivel de imposición alguien quedará alcanzado por el tributo, en función del monto de sus ingresos. Por años, la des actualización de los valores de esa tabla llevó a distorsionar el esquema. La reforma más reciente había producido un alivio en el impuesto para quienes siguieron alcanzados, pero ese nivel de la carga podría volver a ser modificado.

Un punto sobre el que aún no hay información es si el impuesto volverá a permitir las deducciones por familiares a cargo o por determinados gastos. Actualmente, quienes están alcanzados por el “impuesto cedular”, creado por la ley 27.725, por tener un salario bruto superior a $2.340.000, no tienen la posibilidad de hacer ese tipo de deducciones (en cambio, antes de calcular el impuesto se descuenta del ingreso la cifra equivalente a 15 veces el salario mínimo) y, por eso, hoy es indiferente, para la determinación del monto a tributar, si la persona tiene hijos a su cargo o no.

 La ley vigente también establece que hay un grupo de personas que quedan al margen del llamado impuesto cedular y que, por lo tanto, quedan alcanzadas por Ganancias desde ingresos mucho más reducidos. Se trata de quienes ejercen determinados cargos en sus lugares de trabajo, sea en la administración pública o en la actividad privada. En este esquema, el impuesto mensual para alguien con un salario bruto de $5.000.000 sin deducciones por familia o por gastos es de $1.425.943, mientras que alguien incluido en el impuesto cedular tiene, con ese salario, una carga de $881.080.

La iniciativa que, según dijo el vocero presidencial Manuel Adorni, se conocerá hoy, deberá resolver si se mantendrían esas diferenciaciones. Hay otra brecha, que persiste desde hace años y que es materia de muchos reclamos: los autónomos están alcanzados por el impuesto a partir de montos mucho más bajos que los que definen el umbral de tributación para los asalariados y jubilados. Para 2024 y según la normativa al día de hoy, el monto deducible para los independientes sin cargas de familia resulta, como regla general, de $4.902.158,61 (un promedio mensual de $408.513, que llega a $435.097 si se considera el aporte previsional actual). Si se trata de un autónomo catalogado como “nuevo, profesional o emprendedor”, lo deducible por todo el año es de $5.446.842,90 (un promedio mensual de $453.904, o de $480.488 con el aporte jubilatorio).

Cambios que no quedaron firmes

Otro aspecto vinculado con el impuesto que podría ser subsanado con una ley, si esa es la voluntad política, es la cuestión de cómo se hicieron algunos de los cambios en Ganancias durante 2023. Ese año hubo dos decretos, el 415 y el 427, que dispusieron actualizaciones en la tabla de cálculo del monto a descontar de Ganancias de los salarios (las retenciones que pueden leerse en los recibos). Sin embargo, no se modificó el cálculo del tributo propiamente dicho. Y una cosa son las retenciones y otra cosa es el impuesto.

Así, se logró que de los sueldos grabados se descontara mucho menos que antes, pero no se estableció la baja del monto del tributo, algo para lo que se requiere la aprobación de una ley. Esa situación deriva en el surgimiento de saldos a pagar; es decir, en deudas de las personas con el fisco, que se evidenciarán cuando se haga la liquidación de Ganancias por 2023, lo que ocurrirá con los salarios de abril. La cuestión podría quedar saldada con una ley del Congreso.

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