
El banco Santander debe indemnizar a una trabajadora que cumplía tareas para la entidad en un call center
En los agravios el Banco Santander sostuvo que en la comunicación de la rescisión laboral la trabajadora reconoce que su empleador es Dinamo Group SA y que el Banco Santander Rio SA es responsable solidario en los términos del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo