
Giro histórico en la causa por el femicidio de San Lorenzo: la Corte Suprema anuló la absolución de Grandi y habrá un nuevo juicio
ClaudiaLa Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dio un giro decisivo en la causa por el femicidio de Carolina Díaz, ocurrido en San Lorenzo en febrero de 2021. El máximo tribunal provincial resolvió de forma unánime hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la fiscalía y la querella, dejando sin efecto la absolución dictada por la Cámara de Apelaciones de Rosario y ordenando el reenvío del expediente para que se emita un nuevo pronunciamiento judicial.
La resolución, adoptada el pasado 31 de agosto de 2026 y notificada formalmente el 4 de septiembre, lleva la firma de la totalidad de los ministros de la Corte. Con este fallo, queda invalidada la sentencia de segunda instancia que había otorgado la libertad a Luis Alberto Grandi, expareja de la víctima, disponiendo que el proceso vuelva a ser revisado bajo nuevos parámetros.
El caso se remonta al 19 de febrero de 2021 en una vivienda de calle Islas Malvinas al 4200, en San Lorenzo. Según la acusación sostenida por el fiscal Carlos Ortigoza, Grandi roció a Díaz con combustible y le provocó quemaduras en más del 70% de su cuerpo. Tras permanecer internada 31 días en el Hospital de Emergencias Clemente Álvarez (HECA) de Rosario, la mujer falleció a raíz de las graves lesiones.
En octubre de 2024, el tribunal de primera instancia de San Lorenzo había condenado a Grandi a prisión perpetua por homicidio calificado por el vínculo y abuso sexual simple agravado. Sin embargo, casi un año después, la Cámara de Apelaciones de Rosario revocó la condena por el homicidio por mayoría —con los votos de los jueces Tomás Orso y Alfredo Ivaldi Artacho, y la disidencia de Gustavo Salvador—, al considerar que existía «falta de pruebas contundentes» y otorgarle la libertad tras dar por cumplida la pena por el delito de abuso.
Frente a esta absolución, los abogados querellantes María Laura Maderna y Gabriel Filippini, junto al Ministerio Público de la Acusación, impulsaron la vía extraordinaria. La decisión de la Corte se alinea con el dictamen del procurador general Jorge Barraguirre, quien en abril de 2026 había calificado la absolución como una sentencia «inválida» e «inferencialmente deficiente», advirtiendo además sobre la falta de perspectiva de género y la aplicación de estereotipos en el razonamiento de la Cámara. Con la intervención del máximo tribunal, el caso será remitido a un nuevo órgano judicial que deberá juzgar nuevamente la responsabilidad de Grandi por el crimen.


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