Empleadas domésticas: por qué este jueves 3 de abril deben cobrar doble el día trabajado

Este jueves las empleadas domésticas pueden optar si trabajan o no. Conocé el motivo.

Información General03/04/2025ClaudiaClaudia
domxsticas.jpg_413758770

Este jueves 3 de abril se conmemora el Día del Personal de Casas Particulares por lo que las empleadas domésticas pueden decidir si trabajan o no. En caso que opten por prestar servicio deberán recibir un pago doble según lo estipula la legislación vigente.

De esta forma, una trabajadora encuadrada en la quinta categoría que cubra un turno de ocho horas este jueves debe recibir $45.808, el equivalente al doble de la remuneración mínima habitual para esa función.

Así lo dispone la Ley 26.844, denominada Ley de Trabajo en Casas Particulares, sancionada en 2013. Posteriormente, en 2015, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció formalmente que el 3 de abril sería la fecha dedicada a las empleadas domésticas, equiparándola con los descansos reconocidos para otros sectores laborales.

El marco normativo señala que este día debe considerarse equivalente a un domingo o feriado.

El Día del Personal de Casas Particulares constituye un recordatorio de la importancia de este grupo en la estructura económica y social, así como de los derechos que los asisten por las leyes vigentes.

Cuánto cobrarán las empleadas domésticas en abril

En abril de 2025, los salarios de las empleadas domésticas se mantendrán sin cambios respecto a la última actualización salarial. No obstante, los montos varían según la categoría y si trabaja con o sin retiro.

Para la quinta categoría, que incluye tareas generales, el salario mínimo por hora es de $2.863 y el mensual asciende a $351.233 para quienes trabajan con retiro. En el caso de las trabajadoras sin retiro, los valores aumentan a $3.089 por hora y $390.567 por mes.

En tanto, las categorías superiores, que abarcan tareas específicas como cuidado de personas o tareas de limpieza especializadas, tienen salarios más altos. Por ejemplo, en la primera categoría, que incluye supervisión y coordinación de tareas, el salario mínimo mensual es de $430.878 con retiro y de $479.950 sin retiro.

Te puede interesar
Lo más visto

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email