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ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de provenzal. El organismo considera “ilegal” al producto por estar “falsamente rotulado” y carecer de registros de establecimiento.
Información General23/01/2025
Claudia
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de provenzal por irregularidades en su rotulado, lo que la convierte en un "producto ilegal".
La Disposición 457/2025, que establece la prohibición, especifica que se trata del producto "Provenzal Especial, RNE: 02-033001, RNPA: 02-00019". Según la resolución, este producto no posee los registros necesarios para su fabricación y comercialización.
“Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: ‘Provenzal Especial, RNE: 02-033001, RNPA: 02-00019’ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE perteneciente a otro establecimiento y un RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, establece la Anmat.
El producto no puede ser identificado
La disposición también detalla que, al no poder identificar el origen y las condiciones de producción de este producto de manera “fehaciente y clara”, no podrá ser comercializado en ninguna parte del país. Esto se debe a que, al carecer de los registros correspondientes, no se pueden garantizar las condiciones de trazabilidad, calidad, ni inocuidad del producto, lo cual, según el organismo, representa un riesgo para la salud pública, ya que los productos alimenticios sin los controles adecuados pueden poner en peligro la seguridad de los consumidores.

“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de la población ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, es que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto; así como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el mencionado RNPA”, especifica el documento oficial.

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