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Los jueces aceptaron las pruebas incorporadas por la defensa de Blanco días atrás, pero no fue desequilibrante. Barreto quedó exonerado de los cargos por "insuficiencia probatoria"; mientras que Brandos fue condenado a tres años "en suspenso", seguirá libre.
Nacionales19/09/2024
Claudia
El Tribunal Oral Penal N°2 de Corrientes sentenció ayer a prisión perpetua a Jonathan César Blanco, acusado de asesinar a puñaladas a su abuela, Nilda Maidana de 66 años, para robar su casa y luego la incendió con ella dentro para borrar las evidencias del horror. Su cómplice, por entonces menor de edad Brandon Báez Rodríguez, también fue hallado culpable de los cargos, pero una jueza de menores lo condenó a tres años de prisión en suspenso y "reglas de conducta", para evitar volver a prisión. En tanto, Carlos Barreto, el tercer acusado en la causa, quedó en libertad por "insuficiencia probatoria", según decidieron los jueces.
Pasadas las 8:30 de ayer, el Tribunal, compuesto por los jueces Juan José Cochia como presidente y los vocales Ariel Héctor Gustavo Azcona y Román Facundo Esquivel, dio lectura por Secretaría a la sentencia N°184, condenando a la pena de prisión perpetua por la comisión del delito de "homicidio triplemente calificado a Jonathan Blanco por alevosía y por haberse cometido contra una ascendiente y en concurso real, con el delito de incendio en calidad de coautor material.

Hasta último momento, la defensora oficial y que llevaba la asistencia técnica, María Marta Correa, intentó introducir pruebas que despeguen a Blanco de la acusación y, pese a que el Tribunal aceptó la incorporación en proceso de alegatos, no fueron suficientes para apartar al acusado del resto de las pruebas que lo comprometían seriamente.
Los duros testimonios de los familiares, vecinos y allegados a Nilda Maidana, fueron contundentes; además de las pericias realizadas al cuerpo de la víctima que, según los informes forenses, mantuvo una fuerte defensa la noche en que su nieto la atacó bestialmente de 25 puñaladas en distintas partes del cuerpo. En este sentido, la sentencia también dispone la necesidad de que el condenado realice un tratamiento psicoterapéutico en forma sostenida, sistemática y continuada contra sus adicciones y la problemática de consumo que tiene desde hace años, y que este sea en el Hospital San Francisco de Asís. Durante los debates, varios testigos dijeron que Jonathan era adicto y discutía seguido con su abuela. Quizás esta situación, haya sido una de las causas que llevaron al terrible crimen de su propia abuela.

Responsable pero libre
Con respecto a Brandon Báez Rodríguez, los jueces entendieron que tiene responsabilidad penal en el hecho por la comisión del delito de homicidio doblemente calificado con alevosía en concurso real, con el delito de incendio en calidad de coautor material.
No obstante, al tratarse de un detenido que al momento de ocurrido el hecho era aún un menor de edad, se dio intervención a la doctora Carolina Macarrein, a cargo del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N° 4, quien estuvo siguiendo todas las instancias del juicio a través del sistema Webex de forma remota.
Esa audiencia se llevó a cabo inmediatamente después del juicio y según trascendió a Brandon le dieron tres años de prisión en suspenso y un "plan de conducta" que deberá cumplir estrictamente si no quiere volver a la cárcel. Esto implica claramente que continuará en libertad, deberá presentarse periódicamente al Tribunal y mantener buena conducta durante todo ese tiempo.
Absuelto
Finalmente, en el caso de Carlos Barreto, uno de los tres acusados y detenidos en torno a la investigación, fue absuelto de culpa y cargo por el Tribunal, que entendió que no existían pruebas suficientes que lo coloquen en la escena del crimen, mucho menos bajo la imputación pretendida por la fiscalía y la querella.
El Tribunal dijo que había "insuficiencia probatoria" en su caso y ordenaron su inmediata libertad.
Días atrás su abogado Hermíndo González dijo a época que en todo momento Barreto reconoció que tenía los elementos que Blanco le había dado y que pertenecían a la víctima, pero que él jamás la vio, no la conocía personalmente y no estuvo en la casa la noche en que ocurrió el crimen y posterior incendio del lugar.

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