
A partir del informe del INDEC se reveló la inflación de abril, así como la suba de distintos rubros comerciales del país.
El Gobierno Nacional reglamentó hoy la suba de la alícuota del impuesto al cigarrillo que se elevó del 70% al 73% del precio de venta al consumidor y eliminó el mínimo para pagar ese gravamen al tabaco.
A través del decreto 658 que firman el presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y la canciller Diana Mondino, se reglamentó cómo se calculará el aumento del tributo al tabaco que generó fuertes controversias en la Cámara de Diputados cuando se incorporó a la ley de Bases.
En la norma también se reglamentan otras medidas de transparencia fiscal incluidas en la Ley Bases.
La decisión de incorporar el tema del tabaco a la ley de Bases se aprobó con 82 votos a favor, 77 en contra y se abstuvieron 69 legisladores de Unión por la Patria y la izquierda, ya que, sostuvieron que se traba a de una “puja entre grandes empresarios”.
El Gobierno sostuvo que es necesario “dotar de ciertas pautas al mecanismo de actualización” dispuesto en el décimo párrafo del artículo sin número incorporado a continuación del artículo 28 de la misma ley, en atención a la fecha allí consignada.
Se fijó que cuando el precio de venta informado por las empresas tabacaleras no constituya una base idónea a los fines de determinar el valor imponible, por resultar inferior, como mínimo, en un 20%, al precio que surja del relevamiento que haga a la AFIP corresponderá utilizar el precio que ese organismo determine, excepto cuando las empresas “acrediten fehacientemente que es un precio del mercado”.
También establece que la AFIP actualizará los importes en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Además, fija que cuando las facturas o documentos no expresen el valor normal de plaza la AFIP podrá “estimarlos de oficio” tratándose de artículos gravados al precio de venta al consumidor. Otro punto es que cuando no se hayan presentado declaraciones o resulten impugnables, la AFIP procederá a determinar de oficio la liquidación del gravamen.
Señala que el organismo fiscal podrá efectuar la determinación calculando las ventas realizadas por el contribuyente en función de cualquier índice que pueda obtener. La semana pasada la AFIP ya había informado un nuevo aplicativo para el pago del impuesto al tabaco, de acuerdo al aumento dispuesto en la Ley Bases que se aumentó del 70% al 73% la alícuota sobre el precio de venta al consumidor.
A partir del informe del INDEC se reveló la inflación de abril, así como la suba de distintos rubros comerciales del país.
La empresa también mejoró la calificación de incumplimiento del emisor en moneda local a largo plazo de CCC a CCC+.
En el período enero-abril 2025 se vendieron 620.383 unidades, un aumento del 33,54% con respecto a igual período de 2024 (464.562 vehículos).
Las primeras mediciones semanales del mes en curso indican un descenso en la inflación de alimentos con respecto a abril, impulsadas también por la baja del 4% de naftas, el acuerdo con prepagas y la postergación de subas fuertes en tarifas energéticas.
Las divisiones de “Sustancias y productos químicos”, “Productos de metal”, y “Productos de caucho y plástico”, son las que más cayeron en el tercer mes del año
A cuánto cotiza esta jornada la divisa estadounidense en el mercado formal.
Personal de la Dirección General de Policía de Investigaciones, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, llevó adelante dos procedimientos judiciales en la localidad de Capitán Bermúdez, Departamento San Lorenzo, en el marco de una causa por encubrimiento que involucra a un menor de edad.
Según la fiscalía la evidencia determinó que estos tres agentes no estaban al tanto de las maniobras vinculadas a la malversación de fondos públicos con la carga de combustible. El resto de los detenidos, 13 efectivos y 4 civiles, enfrentarán acusación formal la semana que viene
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