Cuatro años y seis meses de prisión para el conductor alcolizado que causó un siniestro fatal

El juez Eugenio Romanini homologó el acuerdo de juicio abreviado por el hecho ocurrido en abril en el que fallecieron Silvia Alejandra Bogado y Florencia Ayelén Sosa. El condenado también fue inhabilitado para conducir por cinco años y deberá reparar económicamente a las familias.
Regionales06/08/2026ClaudiaClaudia

En una audiencia desarrollada vía Zoom, la Justicia determinó la condena a pena de cumplimiento efectivo para Libardo Quintero Maya, hallado penalmente responsable del trágico choque que se cobró la vida de dos mujeres. La resolución fue dictada por el juez de Primera Instancia, Dr. Eugenio Romanini, al homologar el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre las partes.

El hecho se registró el 5 de abril alrededor de las 2.50 de la madrugada. Según la reconstrucción de los hechos expuesta durante la imputación formal, se confirmó que el condenado manejaba con niveles de alcoholemia positiva, factor clave que desencadenó el desenlace fatal en el que murieron Silvia Alejandra Bogado y Florencia Ayelén Sosa.

La calificación legal atribuida fue la de homicidio culposo por accidente de tránsito agravado, en carácter de autor y en grado de consumado, contemplada en los artículos 84 bis y 45 del Código Penal. Las agravantes respondieron tanto a la ingesta de alcohol como a la multiplicidad de víctimas en el siniestro.

A la hora de definir el monto de la pena, la Justicia valoró que el acusado asumió rápidamente su responsabilidad en el hecho y que no registraba antecedentes penales previos. Además de los cuatro años y seis meses de prisión efectiva, se le fijó una inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de cinco años, con el pago de las costas del proceso y demás accesorios legales.

El acuerdo contempla una reparación económica para las familias de ambas víctimas. Para concretar las transferencias correspondientes, la defensa solicitó un plazo de 45 días contados a partir de la homologación del fallo.

Aunque los allegados de las mujeres no se constituyeron como querellantes en la causa, se mantuvieron reuniones previas con las partes. Tanto la fiscalía como la defensa ratificaron que el procedimiento abreviado y el monto de la condena contaron con la conformidad expresa de los familiares afectados.

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