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Bajo el sistema acusatorio, el caso se resolvió en cinco meses con el dictado de la sentencia en el marco de un acuerdo pleno. Las penas fueron de 4 años y 6 meses de prisión y de 3 años de prisión condicional por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y otros delitos. Uno de los condenados intentó sobornar a la policía en el momento de su detención
17/03/2025El juez federal de Garantías Marcelo Bailaque condenó el martes pasado a 4 años y 6 meses de prisión a un hombre que administraba una incipiente “cocina” de droga en un monoambiente y que intentó sobornar a los agentes policiales que lo detuvieron. La sentencia fue consecuencia de la homologación de un acuerdo pleno con la defensa en relación a los hechos, la calificación y la pena, presentado en audiencia pública por los fiscales coadyuvantes Franco Benetti y Santiago Cruz Alberdi, de la Oficina de Narcocriminalidad del Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario.
El acuerdo incluyó a una mujer, pareja del principal acusado, quien recibió 3 años de prisión condicional. El proceso penal se llevó a cabo íntegramente bajo el sistema acusatorio -que rige en el Distrito Rosario desde mayo de 2024- y llegó a sentencia a cinco meses de su inicio, puesto que la audiencia de formalización de la imputación se había llevado a cabo el 4 de octubre del año pasado.
Los condenados son Maximiliano Adrián Ortigoza y Keila Jazmín Santos Lenz, como autor y partícipe secundaria, respectivamente, de los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y como coautores de encubrimiento. Ortigoza también fue condenado como autor de cohecho activo en grado de tentativa, por haber intentado sobornar con un ofrecimiento de entre 5 y 10 millones de pesos a los policías que lo detuvieron para que lo dejaran ir durante el procedimiento que culminó en su detención, mientras que Santos Lenz también fue condenada por el uso de un documento falso de un auto denunciado como robado, que se encontraba en su domicilio.
A las penas de prisión dispuestas en ambos casos, se suman la condena al pago de una multa de $4.455.000 en el caso de Ortigoza y de $3.341.250, en el de Santos Lenz.
La investigación se había iniciado en el fuero provincial en torno a Ortigoza con un mensaje anónimo recibido en la comisaría 9° de Rosario, donde se describía que vendía y distribuía estupefacientes y que tenía pedido de captura activo por causas vinculadas a la venta de droga.
El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de la provincia de Santa Fe ordenó una serie de medidas tendientes a corroborar esos datos y verificó la existencia de una orden judicial de averiguación de paradero y detención vigente emitida por el Juzgado Federal de Villa María, Córdoba, por infracción a la ley de drogas, N°23.737.
La Policía de Investigaciones (PDI) provincial constató que Ortigoza residía junto a su pareja y una hija de 1 año en un departamento de alquiler temporario, en el piso 10° de un condominio situado en Carballo al 500, zona de expansión inmobiliaria en la ribera norte de Rosario.
La detención fue concretada por el fuero provincial el 1° de octubre pasado, a las 12.50, cuando el investigado llegaba al edificio. Al advertir la presencia policial, el hombre intentó escapar y fue interceptado a pocos metros. En las actuaciones preventivas los policías dejaron asentado que Ortigoza intentó sobornarlos con un primer ofrecimiento de $10 millones de pesos a cambio de su liberación, y luego $5 millones. De acuerdo con las constancias, el imputado insistió varias veces con “solucionar esto” y para ello solicitó permiso para hacer una llamada telefónica para que le “bajaran el dinero”.
En ese momento, además, se le secuestró documentación personal y de un vehículo Fiat Argo. Simultáneamente se solicitó la orden de allanamiento al departamento. Por la tarde, a las 19.20, Santos Lenz fue sorprendida junto a una amiga (luego sobreseída en el caso) mientras salía del lugar con una valija y bolsas. La niña de 1 año producto de su relación con Ortigoza, quedó finalmente a su cuidado, dado que a la imputada le concedieron la prisión domiciliaria.
A partir de los hallazgos, el fuero provincial declinó su competencia en el fuero federal.
De acuerdo con las constancias del caso, la mujer guardaba en las valijas prendas y objetos personales, pero en las bolsas hallaron una bandeja metalizada con 2.007 gramos de sustancia polvorienta blanca, otra bolsa con 407 gramos con sustancia de la misma apariencia, tres coladores y una balanza de precisión.
Al requisar el departamento se hallaron 24 gramos de cocaína, según el resultado de los peritajes químicos; un canasto con dinero en efectivo; dos ollas metalizadas con sustancia blanquecina húmeda adherida al fondo; una bandeja negra con restos del mismo material; una cuchara; y elementos de corte y estiramiento de estupefacientes (clonazepam, bicarbonato de sodio, acetona) y de fraccionamiento, como bolsas plásticas y precintos.
Durante la exposición del acuerdo, los fiscales Benetti y Alberdi sostuvieron que había indicios “serios y concordantes de la ultrafinalidad de las actividades desplegadas por Ortigoza en las que se demuestra su participación en la distribución y comercialización de estupefacientes”, pues sostuvieron que la única hipótesis que explica razonablemente el hallazgo de los elementos secuestrados “es que las personas que lo detentaban, comercializaban o distribuían estupefacientes”. Apuntaron que “Ortigoza y Santos Lenz realizaban tareas, o al menos lo pretendían, de estiramiento de cocaína para luego distribuirla”.
Si bien los funcionarios expusieron que de todo el material secuestrado solo dieron positivo de cocaína 24 gramos, pusieron de relieve que, en el contexto en el que sucedieron los hechos, se excluía la posibilidad de que esa droga fuera destinada a consumo personal. “Es droga que no pudo ser descartada o distribuida antes de los procedimientos policiales”, advirtieron.
Para reforzar la teoría del caso, los fiscales reprodujeron chats de mensajes telefónicos de Ortigoza a su pareja, con afirmaciones como las siguientes:
Los fiscales fundaron que esos mensajes, relacionados con las sustancias de corte y estiramiento encontrados en las ollas y los sachets de manitol secuestrados del vehículo que utilizaban los imputados, “permiten demostrar de manera inequívoca que llevaban adelante tareas de comercialización de estupefacientes”.
Para la acusación contra Santos Lenz, los fiscales se apoyaron también en mensajes telefónicos que evidencia su pleno conocimiento de la actividad ilícita. Uno de esos mensajes fue con un contacto identificado como “Samu”, luego identificado en la investigación como el número telefónico de Samuel Miqueas Medina, yerno del condenado líder de las bandas de Los Monos, Ariel “Guille” Cantero. En el intercambio, Santos Lenz le avisa que Ortigoza había quedado detenido. A partir de entonces se sucedieron entre ellos 121 mensajes, que fueron borrados.
Los fiscales repasaron que en la investigación se hallaron otros mensajes de Santos Lenz con un tercero, demostrativos de actividades de comercialización de droga. “A cuánto la están pagando”, refiere uno de ellos, con una foto de visualización temporal, a lo que el interlocutor contesta: “3.800 usd”.
Otras conversaciones refieren “la del delfín” o “yo estoy comprando la 777” y “no me importa de quien sea, compro igual mientras haya precio”. Para los fiscales, “no queda lugar a dudas que ‘Delfín’ y ‘777’ son referencias a los distintos sellos de los panes de cocaína que comúnmente aparecen en secuestros y escuchas de este tipo de causas judiciales”.
Al otro día del procedimiento en el que fue detenida la pareja, Miqueas Medina fue asesinado con 16 disparos de arma de fuego mientras viajaba en auto por la colectora de la autopista Rosario-Santa Fe. De acuerdo a lo informado desde la Unidad Fiscal Rosario, la investigación de ese hecho se encuentra a cargo del MPA y no guarda relación con lo acontecido en este caso.
Un auto robado, con sustancias de corte
Los fiscales detallaron que, al momento de incautar el auto Fiat Argo que utilizaba la pareja, se constató que había sido denunciando como robado en la provincia de Buenos Aires. El vehículo se encontraba en el corralón municipal de la zona oeste y le había sido secuestrado a Santos Lenz por las autoridades locales luego de haber sido sorprendida en septiembre pasado en una infracción de tránsito y de detectar inconsistencias en la documentación, pues no coincidía el número de chasis y de motor.
Marcaron que durante la requisa del vehículo se halló una caja de cartón con 15 sachets de sueros, que según su descripción eran de “solución de manitol al 15 por ciento”, y que tenía una etiqueta con la inscripción Hospital Provincial de Rosario.
En la exposición de la teoría del caso, los fiscales sumaron los informes sobre las muestras analizadas de acetona, incluida en la normativa oficial entre la lista de precursores químicos y sustancias para la elaboración de estupefacientes, y de manitol, como sustancia de corte, según la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat).
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