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title: "Cambios en el certificado de licencia médica por enfermedad: cómo debe presentarse para ser válido"
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description: "La reforma laboral reglamentó nuevos requisitos para las licencias por enfermedad"
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# Cambios en el certificado de licencia médica por enfermedad: cómo debe presentarse para ser válido

El Poder Ejecutivo reglamentó aspectos de la **Ley de Modernización Laboral 27.802** mediante los Decretos 407/2026, 408/2026 y 409/2026, publicados este lunes en el Boletín Oficial.

Las nuevas disposiciones introducen cambios en el **control del ausentismo por enfermedad**, la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) y un esquema de regularización de deudas previsionales para promover el empleo registrado.

Una de las modificaciones más relevantes alcanza al **sistema de licencias médicas**, que pasará a operar principalmente a través de plataformas digitales habilitadas.

La reglamentación del artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que toda **prescripción médica que ordene reposo laboral deberá emitirse de forma electrónica** mediante sistemas o plataformas registradas.

Además, los certificados deberán estar suscriptos por profesionales acreditados ante la **Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS)** y emitidos mediante plataformas inscriptas en el **Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS)**.

#### **Qué datos deberá contener el certificado**

La normativa determina que toda prescripción médica que incluya reposo laboral deberá incorporar información mínima obligatoria para ser considerada válida.

**Entre los requisitos establecidos figuran:**

- Diagnóstico médico.
- Tratamiento indicado.
- Cantidad de días de reposo.
- Emisión electrónica mediante una plataforma registrada.
- Firma de un profesional habilitado.

El nuevo esquema apunta a digitalizar completamente el control de las licencias por enfermedad y a unificar los criterios de validación de la documentación médica presentada por los trabajadores.

#### **Qué ocurre si hay diferencias entre los médicos**

La reglamentación también contempla los casos en los que existan discrepancias entre el diagnóstico presentado por el trabajador y el control médico dispuesto por el empleador.

En esas situaciones, las partes podrán recurrir a **juntas médicas oficiales o instituciones públicas y privadas de reconocida trayectoria** para resolver las diferencias.

No obstante, la norma prevé excepciones para los casos en que no sea posible emitir documentación digital. En esas circunstancias se admitirán **certificados en papel con firma ológrafa**.

Esa posibilidad quedará limitada a situaciones de **falta de conectividad, contingencias técnicas o caídas de sistemas informáticos** que puedan ser debidamente acreditadas por quien emita la documentación médica.

Con este esquema, el Gobierno formalizó la **digitalización de las licencias por enfermedad** y estableció nuevos requisitos para la validez de los certificados médicos utilizados en el ámbito laboral.

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